Usted está aquí: Seguridad en Ficheros  
 PROTECCIÓN DE DATOS
Seguridad en ficheros
Organización
Los datos

LA SEGURIDAD EN LOS FICHEROS INFORMÁTICOS

Ficheros de datos Públicos y Ficheros de datos Privados

NIVELES DE SEGURIDAD EN FICHEROS


La protección de datos personales es en el presente una consecuencia de la utilización de las nuevas tecnologías .
El Registro General de Protección de Datos es el órgano de la Agencia Española de Protección de Datos al que corresponde velar por la publicidad de la existencia de los ficheros y tratamientos de datos de carácter personal, con miras a hacer posible el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación de datos regulados en los artículos 14 a 17 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos: Los ficheros de las Administraciones Públicas

Los ficheros de titularidad privada

Las autorizaciones de transferencias internacionales de datos de carácter personal con destino a países que no presten un nivel de protección equiparable al que presta la LOPD a que se refiere el art. 33.1 de la citada Ley.

Los códigos tipo, a que se refiere el artículo 32 de la LOPD.

Los datos relativos a los ficheros que sean necesarios para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición

Glosario de términos sobre Protección de Datos 

Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Fichero: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.  

Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.

Responsable del fichero o tratamiento: Persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.   

Encargado del tratamiento: La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.  

Declarante: Persona física que cumplimenta la solicitud de inscripción y actúa como mediador entre la Agencia y el titular/responsable del fichero. No debe necesariamente coincidir con el titular/responsable. 

Afectado o interesado: Persona física titular de los datos que sean objeto del tratamiento. 

Procedimiento de disociación: Todo tratamiento de datos personales de modo que la información que se obtenga no pueda asociarse a persona identificada o identificable.    

Bloqueo de datos: La identificación y reserva de los datos de carácter personal con el fin de impedir su tratamiento.   

Consentimiento del interesado: Toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.   

Comunicación o cesión de datos: Toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado.   

Fuentes accesibles al público: Aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, no impedida por una norma limitativa, o sin más exigencia que, en su caso, el abono de una contraprestación. Tienen la consideración de fuentes de acceso público, exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al grupo. Asimismo, tienen el carácter de fuentes de acceso público, los Diarios y Boletines oficiales y los medios de comunicación. 

TU ABOGADO DEFENSOR

 
 

Conocimiento de los datos a proteger Conocimiento fiable de los datos

Atención al Cliente

Atención al cliente

Por teléfono:  902.99.58.51

Por e-mail: tcaauditoresauditoreslopd.com

 

 

Programa propio en protección de datos

Protección de datos interna en ficheros

Los datos Los datos Personales consignados en ficheros informáticos que se puedan tratar forman parte de la protección.

Organización La organización es la base fundamental de TCA-AUDITORES así como la base para cualquier sistema de protección de datos en cualquier tipo de empresa, Pública o Privada, ya que la organización de los ficheros supone la seguridad de los mismos.

 

Seguridad en ficheros ¡Los chinos fueron los primeros creadores de un lenguaje de privacidad, no obstante la internacionalidad de los datos es una consecución de las garantías jurídicas más importante y un logro en la libertad del ciudadano en los paises desarrollados.

 

Como son los datos personales a proteger


Los datos a proteger tienen muy diversas características están integrados por datos de protección Básica, Media y Alta según lo determinado en la LOPD y su reglamento de desarrollo.

FICHEROS DE DATOS PROTECCIÓN BÁSICA: Nombre y apellidos, direcciones de contacto, teléfono.

FICHEROS DE DATOS PROTECCIÓN MEDIA: Datos de hacienda pública, información de cuentas financieras, comisiones de infracciones penales o administrativas.

FICHEROS DE DATOS PROTECCIÓN ALTA: Ideología, religión, creencia, origen racial, salud, vida.


Los datos


< consúltenos >

Datos a proteger - Datos ordenados

Copyright © 2005-2006 tca-auditores
Última modificación: 17 de diciembre de 2007